23 abril, 2009

Causa Barrionuevo: Resolución

Finalmente, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 24 de esta Ciudad arribó a Sentencia de Primera Instancia, condenando al Club Atlético Excursionistas, a la Policía Federal Argentina, al Gobierno de la Ciudad y a la Asociación del Fútbol Argentino a abonarle al ex jugador de fútbol de Comunicaciones, Leonardo Adrián Barrionuevo, la suma de $53.640, con más intereses a tasa pasiva BNA.

Huelga destacar que el mencionado Barrionuevo había reclamado el pago de la suma de $268.440 (¡5 veces más!), con más intereses y dentro de los rubros incorporados en su reclamo se encontraba el daño físico y psíquico, el tratamiento kinesiológico, los gastos por tratamiento psicológico; el lucro cesante y el daño moral. La Juez a cargo del Juzgado antes mencionado únicamente admitió el reclamo en concepto de daño moral, daño psíquico y los gastos en tratamiento psicológico, más rechazó daños físicos, kinesiológicos y lucro cesante.

Las pruebas en la causa han sido elocuentes, más allá del sensacionalismo –sobre todo de la prensa gráfica, televisiva y radial- que se vivió con este tema (que le costó a nuestra institución la pérdida de 21 puntos y el impedimento de subir de categoría), lo cierto, real y concreto es que el Sr. Barrionuevo no sufrió ninguna lesión, y como todos sabemos, al poco tiempo volvió a jugar para su ex club. Esas circunstancias probadas en la causa cohíben cualquier discusión acerca de lo que efectivamente aconteció el día 23 de abril de 2000, es decir, hace justo 9 años.

A título informativo, les comentamos a los socios y simpatizantes del Club Atlético Excursionistas que en la causa se había llevado a cabo una pericia médica y psicológica que arribó a muy gravosos resultados, los cuáles hubieran implicado una indemnización mucho más onerosa a la resolución judicial. Los abogados del Club impugnaron ferozmente esa pericia y pidieron la nulidad de la misma. El Juez que oportunamente se encontraba a cargo comprendió el planteo del Club y ordenó la realización de una nueva pericia, a cargo del cuerpo médico de los peritos de la Corte Suprema. Esta última pericia dictaminó la inexistencia de daños físicos ni secuelas respecto al siniestro ocurrido hace nueve años, y únicamente determinó la existencia de un daño psicológico en el ex jugador (por ello se hizo lugar a la demanda por ese rubro, más los gastos en psicólogo y el daño psíquico) .Desde ya que no extrañaría a los directivos del Club Excursionistas que se vuelva a hablar de este tema por distintos medios, y esperemos que ello no influya en los Jueces de la Sala de la Cámara Civil que resulte sorteada –a todo evento se informa que todas las partes apelaron el fallo-, dado que los mismos solo deben valerse por lo que surge del expediente y no por factores externos que –vaya uno a saber por que- tienden a exagerar y dramatizar las cosas y con ello pueden afectar el patrimonio de Nuestra Institución.


Nuestros sponsors