08 julio, 2006

Fue sin querer queriendo

El primer análisis posible ahora que se ha conocido el fallo del Tribunal de Disciplina con respecto a la protesta de Excursionistas, es que se ha utilizado intencionalmente un criterio equivocado para dirimir la cuestión.

El Tribunal no hizo lugar a la protesta presentada por Excursionistas y dispuso jugar los cinco minutos restantes, tal como ocurrió en el partido entre Independiente y Banfield, disputado en Avellaneda. En esa oportunidad el encuentro prosiguió días después de la suspensión por agresión al DT del Taladro, Carlos Leeb.

Claro que se trata de una situación netamente alejada de lo que aconteció en Ensenada, donde el partido se suspendió por invasión al campo de juego.

Ya hemos comentado que el Reglamento de Transgresiones y Penas considera sanciones de quita de puntos, pérdida del partido e incluso desafiliación para aquellos clubes responsables de que sus parciales invadan la cancha provocando la suspensión del partido obteniendo de ello una ventaja deportiva, que en este caso fue ni más ni menos que haberle impedido la posibilidad a Excursionistas de alcanzar el empate en los minutos restantes.

Recordemos lo que ocurrió el mismo día a la misma hora en la otra Promoción, entre Defensa y Justicia y Deportivo Morón. El conjunto de Varela perdía 3 a 1 y descendía a la Primera “B”. Sin embargo, en los últimos tres minutos de partido descontó e igualó el marcador, con lo cual logró retener la categoría.

De ello se deduce lógicamente que si en instancias similares, un equipo logró convertir dos goles en tres minutos, Excursionistas bien podría haberlo hecho en los cinco minutos que quedaban. O no, nunca lo sabremos.

De cualquier forma, creemos que es justo que una Institución que hizo el esfuerzo tanto deportivo como económico de Excursionistas, disputando un campeonato pésimamente organizado en muchísimos aspectos, y que se ganó en la cancha la posibilidad de jugar una final por el ascenso, debía tener el derecho de cerrar en el campo de juego el trabajo de un año, fuera con o sin éxito.

Creen que al resolver jugar los minutos restantes, nos están concediendo ese derecho, pero no es así.

Excursionistas arribó a ese partido definitorio tras ganar el Reducido en forma invicta e impecable. Se impuso también en el partido de ida por la Promoción, 1 a 0 en el Bajo. Pero hoy por hoy, no están dadas las condiciones para que en un partido aparte de cinco minutos, Excursionistas pueda alcanzar el 3 a 3.

Porque ya no está aquel plantel para que Excursio presente los nueve futbolistas que quedaron en cancha, porque se trata de otra situación en tiempo y espacio en la que hoy en día se está realizando una pretemporada con jugadores que no sólo no están autorizados a jugar sino que están en plena etapa de preparación física. Y aunque se hiciera a tiempo de inscribir a todos los futbolistas que pudiéramos, con qué derecho tenemos que cerrar nuestra participación en el torneo sin el plantel que veníamos utilizando.

No es responsabilidad del C.A.E. que muchos de los jugadores del plantel anterior no estén hoy en el club, sino del Tribunal que demoró más de un mes en pronunciarse tan insólitamente y de ahí surge otro perjuicio hacia el Club Atlético Excursionistas que pretendía empatar el partido el 3 de junio con su equipo y su gente alentando en la tribuna, no prestarse a este circo, un mes y medio después y sin sus jugadores. Lo único que faltaría es que por satisfacer el antojo de AFA, en esos minutos se nos lesione un futbolista o expulsen a alguno y no pueda arrancar jugando el próximo torneo. Volviendo a considerar todo esto, ¿no les parece que Cambaceres obtuvo una ventaja deportiva por haber invadido el campo de juego?

Es impensable creer que en un partido a cinco minutos dividido en dos períodos pueda siquiera haber una situación de gol. Seguramente Cambaceres hará tiempo, se “lesionará” algún jugador, desaparecerán los balones, y Excursionistas tendría que presentarse a ser partícipe obligatorio de esa farsa.

El fallo es un mamarracho inédito, alevoso y premeditado. Excursionistas le acercó al Tribunal absolutamente todos los elementos necesarios para que resolviera, no caprichosamente, sino conforme a reglamento. Si acaso podían quedar dudas en la interpretación de los Reglamentos, y por si el video que registra la invasión, suspensión e incidentes no le bastaban al Tribunal para promover un fallo favorable, se presentaron cinco antecedentes recientes en los cuales por invasión de cancha y suspensión del encuentro, se le dio el partido por perdido al equipo del club responsable. Vale la pena recordarlos, sobre todo porque el Reglamento prevé en su artículo 32 que sendos Tribunales deben regirse en base a la letra estricta de los Reglamentos y de las disposiciones emanadas con anterioridad. Aquí van:

  • Villa San Carlos c. Justo José de Urquiza; expte. 41688 (Bol. No. 3874 – 28/4/2006)
  • Almagro c. Boca Juniors; expte. 39201 (Bol. No. 3779 – 22/7/2005)
  • Chacarita c. Comisión de Actividades Infantiles; expte. 38880 (Bol. No.3764 – 17/6/2005)
  • Platense c. All Boys; expte. 41686 (Bol. No. 3874 – 28/4/2006)
  • San Martín de San Juan c. Godoy Cruz; expte. 41225 (Bol. No. 3846 – 5/2/2006)

Seguramente recordarán el primer caso. Faltando siete minutos para que terminara el encuentro, simpatizantes de San Carlos trasponen el alambrado, ingresan a la cancha y desvisten a sus jugadores. Ante la falta de garantías, el árbitro decide suspender el partido y efectuar su informe en el que dice:

"El encuentro fue suspendido a los 36´ del 2° tiempo debido a que la parcialidad local ingresó al campo de juego y despojó de toda la vestimenta solamente a los jugadores del equipo local, sin causar incidentes contra el equipo visitante y la terna arbitral, por lo que suspendí el partido".

Se da traslado al Tribunal de Disciplina que resuelve

"...habiéndose determinado que el accionar de los simpatizantes del club local, con el despliegue de que dan cuenta los informes arbitrales y del COPROSEDE, es el generador esencial de la suspensión del encuentro, corresponde dar por perdido el partido al Club Villa San Carlos, conforme lo señala el Art. 80 del Reglamento de Transgresiones y Penas".

Estamos en presencia de un caso que ocurrió apenas dos meses antes de que se juegue la revancha entre Excursionistas y Cambaceres. Un antecedente de extremas coincidencia e inmediatez con lo que ocurrió en Ensenada, en el cual los mismos miembros del Tribunal que hoy inventaron la figura de "invasión pacífica" para salvar a Cambaceres del descenso, determinaron que a San Carlos, que según ellos mismos invadió pero sin violencia, había que darle el partido por perdido. Qué contradicción, ¿no?

El segundo caso es otro clarísimo antecedente. Almagro se imponía a Boca por 3 a 1 y sus hinchas rompen el alambrado e invaden el campo de juego. El Tribunal resolvió darle el partido por perdido a Almagro y cerrar el encuentro con el score a favor de Boca Juniors por 1 a 0, resultado que, ¡oh, casualidad! le permitió al conjunto xeneixe ingresar a la Copa Libertadores.

El ejemplo 3 tuvo como protagonistas a Chacarita y la Comisión de Actividades Infantiles. Los hinchas del Funebrero, molestos con el 0-2 parcial y la pésima campaña de su equipo, rompen un portón e invaden la cancha masivamente a los 2' de iniciado el segundo tiempo. Amenazan a propios y extraños con cuchillos, saquean todo a su paso, camisetas, pantaloncitos, hasta los banderines del córner. La transmisión en vivo de TyC Sports debió interrumpirse y salir del aire ante el avance de los hinchas que coparon incluso el sector de prensa. El Tribunal determina dar por perdido el partido a Chacarita y descontarle 9 puntos. De esta manera, Chaca descendía a la Primera “B”. Sin embargo, apelaron el fallo y el Tribunal de Alzada le devolvió las 9 unidades, por lo que Chacarita solamente perdió el encuentro, pero se salvó del descenso directo y le tocó jugar un desempate con Defensores de Belgrano, a quien derrotó por penales en cancha de Huracán en un partido recordado por el asesinato de un hincha de Defe en la calle al término del encuentro.

El caso 4 es entre Platense y All Boys, en Vicente López. Faltando ¡un minuto! para que termine el encuentro, un grupo de hinchas visitantes voltea una reja de su sector que comunica al campo de juego. Si bien son contenidos por el accionar policial, no desisten de sus intenciones. El Tribunal solicitó el informe al COPROSEDE y éste destacó la intencionalidad de los simpatizantes de All Boys de arrancar un paño del alambrado olímpico justo detrás del arco con la finalidad de ingresar al campo de juego. ¿El resultado? Multa económica para All Boys a quien además le dieron el partido por perdido 0-2 por el bendito artículo 80.

El quinto y último antecedente tuvo como protagonistas a San Martín de San Juan y Godoy Cruz de Mendoza. Durante el partido, la hinchada del conjunto sanjuanino (local) arrojó una variedad de proyectiles sobre el banco de suplentes del elenco tombino. Allí el árbitro debió detener el encuentro hasta que la situación se normalizara (esto podría encuadrarse en el contexto de Cambaceres-Excursionistas con el momento en el primer tiempo en que una decena de hinchas locales se subieron al tope del alambrado y le tiraron dos bombas de estruendo a Arzamendia, lo que motivó que el árbitro Azpiolea debiera suspender momentáneamente el encuentro). Inmediatamente después de reanudado el partido, un grupo de hinchas de San Martín de San Juan ingresa al terreno de juego mostrando una bandera con sus colores. Así las cosas, el árbitro no tuvo más remedio que suspender definitivamente el partido, bajo sugerencia del jefe del operativo policial, quien le informó que no podía darle las garantías para que el encuentro prosiguiera. El fallo del Tribunal fue sanción económica para ambas instituciones por los incidentes y darle el partido por perdido al conjunto sanjuanino por 0-3.

¿No son acaso estos ejemplos, tan frescos en la memoria, idénticos a lo que ocurrió en Ensenada el 3 de junio? ¿No hubo acaso una invasión al campo de juego y una suspensión? ¿No se produjeron incidentes por parte de los hinchas locales, que rompieron el portón y salieron a la calle a buscar a la gente de Excursionistas que se retiraba del estadio, dando inicio al accionar de la policía que reprimió con balas de goma? Evidentemente, el Tribunal de Disciplina no quiso verlo así.

El fallo en sí, señala que la invasión al campo de juego fue “con el ánimo de festejar la victoria y no con la intención de agredir a los participantes del encuentro y/o con la intención de generar desmanes o hechos violencia”. ¿Que no hubo incidentes? ¿Cómo definirían entonces los acontecimientos previos y posteriores a la suspensión? Las bombas de estruendo al área de Arzamendia, las reiteradas ocasiones en las que se treparon al alambrado, los enfrentamientos de los hinchas visitantes con la policía mientras la gente de Excursionistas egresaba del estadio, ¿qué fue todo eso sino incidentes? ¿No vieron las imágenes que documentan todo esto? Recordemos que para el Reglamento los incidentes, ocurran dentro o fuera del estadio y antes, durante o después del transcurso del partido, son pasibles de sanción bajo los términos del artículo 80 del Reglamento de Transgresiones y Penas. ¿Cómo puede ser que desde el Tribunal de Disciplina Deportiva se invente una figura como la “invasión pacífica”? Ninguna invasión puede ser pacífica teniendo en cuenta que al producirse está alterando el orden e impidiendo la prosecución del encuentro. ¿Cómo pueden explicar que la suspensión de San Carlos - J.J. Urquiza haya sido penada con pérdida de partido, mientras que para el caso idéntico de Camba y Excursio hayan dispuesto la prosecución del partido.

Para colmo, en el Tribunal no sólo dispusieron una irrisoria multa para Cambaceres de 300 entradas, sin siquiera disponer la clausura de su estadio, sino que además le aplicaron amonestaciones a Excursionistas dado que sus hinchas subieron al alambrado en dos oportunidades durante el partido, algo que en el momento indicado se expuso, fue como consecuencia del hacinamiento que se produjo en la tribuna visitante con motivo de la gran cantidad de espectadores presentes en dicho sector que, tal cual advirtiéramos previamente, superaba ampliamente la capacidad del mismo. Dicha multa para Cambaceres fue resuelta según consta en el Boletín Oficial en base a las disposiciones del artículo 80. Sí, el mismo que habla de dar por perdido el partido. Sin dudas, una interpretación tendenciosa y una parcialidad manifiesta por parte del Tribunal al tratar de embarrar la cancha, queriendo apuntar a Excursionistas, por una falta menor, como culpable concurrente de la suspensión del partido.

Todo esto explicaría por qué el fallo se demoró más de un mes en salir y porqué desde el Tribunal no se pidió el informe al COPROSEDE por la suspensión y los incidentes, tal como corresponde y así lo hicieron en los casos citados previamente. Pero aquí el informe policial brilló por su ausencia. ¿No había nada que relatar acaso? ¿O era más conveniente para las intenciones del Tribunal conducirse únicamente con el informe de la terna arbitral?

El réferi, Sr. Marcelo Azpiolea, pudo ver e informar solamente lo que aconteció dentro del terreno de juego, y así consta en su informe en el que cita que “A los tres minutos del tiempo adicionado, faltando aún cinco minutos por jugarse, y ante la concreción del tercer gol por parte del equipo local, al menos un centenar de simpatizantes visitantes invaden el campo de juego, despojando de toda la indumentaria a sus jugadores. Ante esta circunstancia, decido suspender el partido.”. No obstante, al suspender el partido y retirarse al vestuario, desconoce los hechos de violencia que se suscitan fuera del estadio, incidentes que debería haber relatado el jefe del operativo a pedido del Tribunal de Disciplina para adjuntarse al expediente de la protesta.

No vale la pena volver a hablar de lo desacertado y lamentable que fue haber designado la cancha de Cambaceres como escenario de aquel encuentro. Tampoco recalcar la negligencia del COPROSEDE, organismo provincial que se maneja con códigos muy distantes de conceptos primordiales como "seguridad" o "prevención". Todo eso ya es historia. Muy lamentable, por cierto.

Por último, resta decir que Excursionistas no podrá recurrir al Tribunal de Alzada para apelar este fallo vergonzoso. El Estatuto de AFA lo impide, dejando solamente abierta la puerta abierta de una presentación ante la Justicia ordinaria como institución, para lo que Excursionistas debería convocar a Asamblea Extraordinaria de AFA, único organismo facultado a autorizar, con el aval del 80% de sus miembros, a Excursionistas para que se presente a la Justicia. Claro que después de este fallo no puede esperarse absolutamente nada más de parte de la Asociación del Fútbol Argentino.

Pero lo que la AFA no podrá impedir es que los socios de Excursionistas se sientan lógicamente perjudicados por la resolución del Tribunal y se autoconvoquen para ir a la Justicia ordinaria con la intención de recurrir el fallo.

Lo cierto, para cerrar, es que el Tribunal de Disciplina Deportiva de AFA estuvo frente a la oportunidad histórica de resolver con un fallo ejemplar que sentara jurisprudencia, la problemática de las invasiones al campo de juego. De ellos dependía ponerse los pantalones largos y dejar clara la posición de castigar a quienes de aquí en adelante incurrieran en esa falta. Hubiera significado poner un alto a esta costumbre que tanto mal le hace al fútbol argentino. Pero una vez más, se hicieron los distraídos y la dejaron pasar. Serán ellos, por su desidia, y no los clubes, los responsables de que sucesos de este tipo continúen repitiéndose en el futuro.


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